Ley de Segunda Oportunidad4 min de lectura
Deudas con Hacienda y Seguridad Social en la Segunda Oportunidad
En 30 segundos
- El crédito público se exonera solo hasta ciertos límites legales.
- El resto se puede aplazar y fraccionar.
- Para autónomos suele ser la partida más pesada.
Es la pregunta que más aparece en despachos de autónomos: si Hacienda y la Seguridad Social entran o no en la cancelación.
La respuesta corta
Entran parcialmente. La ley fija límites máximos de exoneración para deuda con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social; por encima de esos importes, la deuda subsiste.
Qué se hace con el resto
Se encaja en el plan de pagos o se negocia un aplazamiento con la administración, ya sin la presión del resto de acreedores, que sí quedan cancelados.