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Ley de Segunda Oportunidad4 min de lectura

Deudas con Hacienda y Seguridad Social en la Segunda Oportunidad

En 30 segundos

  • El crédito público se exonera solo hasta ciertos límites legales.
  • El resto se puede aplazar y fraccionar.
  • Para autónomos suele ser la partida más pesada.

Es la pregunta que más aparece en despachos de autónomos: si Hacienda y la Seguridad Social entran o no en la cancelación.

La respuesta corta

Entran parcialmente. La ley fija límites máximos de exoneración para deuda con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social; por encima de esos importes, la deuda subsiste.

Qué se hace con el resto

Se encaja en el plan de pagos o se negocia un aplazamiento con la administración, ya sin la presión del resto de acreedores, que sí quedan cancelados.

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