Embargos y venta5 min de lectura
¿Se puede vender una casa embargada por la Seguridad Social?
En 30 segundos
- El embargo de la TGSS funciona igual que el de Hacienda: no bloquea la venta, la condiciona.
- Es habitual en autónomos con cuotas impagadas y en administradores derivados.
- Con el precio se cancela la deuda y se libera la finca.
La Tesorería General de la Seguridad Social embarga por vía administrativa, sin juez. Es lo más frecuente en autónomos con cuotas atrasadas y en administradores a los que se ha derivado la deuda de la sociedad. La vivienda sigue siendo tuya y se puede vender.
Los pasos
- Certificado de deuda de la TGSS con el detalle de cada providencia de apremio.
- Revisión de si hay recargos o periodos prescritos que se puedan discutir.
- Cálculo del sobrante tras cancelar hipoteca, embargo y gastos.
- Venta ante notario y pago directo a la Tesorería.
- Cancelación de la anotación en el Registro de la Propiedad.
Y si vender no es lo que quieres
Existe la vía de vender, cancelar la deuda y quedarte en la casa de alquiler tres años mínimo, con opción de recompra. Se firma todo ante notario y no cambia nada de tu vida diaria.