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Embargos y venta5 min de lectura

¿Se puede vender una casa embargada por la Seguridad Social?

En 30 segundos

  • El embargo de la TGSS funciona igual que el de Hacienda: no bloquea la venta, la condiciona.
  • Es habitual en autónomos con cuotas impagadas y en administradores derivados.
  • Con el precio se cancela la deuda y se libera la finca.

La Tesorería General de la Seguridad Social embarga por vía administrativa, sin juez. Es lo más frecuente en autónomos con cuotas atrasadas y en administradores a los que se ha derivado la deuda de la sociedad. La vivienda sigue siendo tuya y se puede vender.

Los pasos

  • Certificado de deuda de la TGSS con el detalle de cada providencia de apremio.
  • Revisión de si hay recargos o periodos prescritos que se puedan discutir.
  • Cálculo del sobrante tras cancelar hipoteca, embargo y gastos.
  • Venta ante notario y pago directo a la Tesorería.
  • Cancelación de la anotación en el Registro de la Propiedad.

Y si vender no es lo que quieres

Existe la vía de vender, cancelar la deuda y quedarte en la casa de alquiler tres años mínimo, con opción de recompra. Se firma todo ante notario y no cambia nada de tu vida diaria.

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